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El Ministerio de Agricultura y Ganadería recuerda a los productores que se vieron afectados por anegamientos producidos a causa del exceso de precipitaciones, que este viernes 4 de marzo vence el plazo para presentar la declaración jurada de daños. Cabe resaltar, que esta documentación es indispensable y obligatoria para poder acceder a los beneficios que otorga la ley provincial. La cartera dispuso días atrás una prórroga de los plazos, ya que en principio se había establecido el día 19 de febrero como límite, pero debido a que muchos productores aun no habían cumplimentado con este paso, se extendió dos semanas más.

La Emergencia

En las declaraciones juradas, el productor debe detallar fundamentalmente información sobre el porcentaje de afectación de su establecimiento. De acuerdo al decreto de Emergencia Agropecuaria 30/16 firmado por el Poder Ejecutivo, las zonas incluidas no están definidas a partir de criterios geográficos de división política, sino que para una correcta inclusión de todos los productores damnificados, la delimitación del área tomó el criterio de Cuencas Hidrológicas.

Las cuencas comprendidas son: Rio Carcarañá (centro de los departamentos Marcos Juárez y Unión, y noroeste del departamento Juárez Celman, al sur de la ruta N° 2); el Sistema Vicuña Mackenna; la cuenca del Arroyo Santa Catalina; el Sistema de Canals; el Río Quinto (Popopis); y el Sistema de General Roca.

Para los productores agrícolas, la medida abarca desde el 1° de enero hasta el 30 de junio de 2016, y para ganaderos y tamberos se extiende desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. No obstante, en caso de persistir los anegamientos, se podrá solicitar la prórroga de los plazos previstos.

Los principales antecedentes que tomó el decreto surgieron de los informes elevados tras las reuniones mantenidas en el seno de las Comisiones Locales de Emergencia Agropecuaria, que se realizaron durante el mes de enero en las localidades de Guatimozín, Laboulaye, Jovita, Huanchilla y Vicuña Mackenna, y que se vieron plasmados, posteriormente, en un acta elevada al Ejecutivo por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.

Es importante para el productor tener en cuenta que esta Emergencia Provincial ya fue homologada por el Ministerio de Agroindustria de la Nación, con lo que pueden acceder también a los beneficios que determina la normativa nacional.

Las declaraciones juradas

Hasta este viernes se recibirán las declaraciones juradas de daños de los productores afectados. Los formularios podrán ser descargados del sitio web oficial del ministerio (magya.cba.gov.ar) o en las agencias zonales que la cartera tiene en localidades del interior, y serán receptados por los responsables de dichas agencias.

Beneficios

El principal beneficio que otorga la ley de Emergencia Agropecuaria Provincial es la postergación del pago del impuesto inmobiliario rural (en caso de tener más del 50 por ciento de afectación), o directamente la exención si se supera el 70 por ciento.

Todos los productores incluidos en el listado de Emergencia Agropecuaria serán notificados por la Dirección General de Rentas.