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LA AFIP RESOLVIO LA MODALIDAD DE IMPLEMENTACION DEL SERVICIO “Crédito Tasa Cero” DEL QUE SE PODRÁ GESTIONAR VIA WEB A PARTIR DEL PROXIMO LUNES

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido una Resolución por la que se crea el servicio web a través del cual, los Autónomos y Monotributistas que califican para acceder al Crédito Tasa Cero, deberán gestionar el beneficio.
En términos generales, la Resolución está destinada a crear el servicio web denominado “Crédito Tasa Cero”, en el marco del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” .
A partir del día lunes 4 de Mayo, los beneficiarios deberán ingresar al sitio web institucional (http://www.afip.gob.ar) con Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 2 y Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
Una vez ingresado con su clave fiscal, los pequeños contribuyentes y los trabajadores autónomos susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Cero” deberán:
a) entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, ingresar al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”
b) El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado. c) Ingresar el importe del crédito que solicita.
d) Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.
e) En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.
La AFIP, por su parte, informara al Banco Los importes totales correspondientes a los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de: b.1.impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y b.2. aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.
Los que serán adicionados por el banco a cada una de las cuotas del desembolso.