1 – Los Comercios No Exceptuado podrán realizar sus actividades mediante redes sociales, (Instagram, Facebook etc.). Para esto, deberán solicitar autorización en la oficina de la Dirección de Seguridad Vial y Ciudadana de la Municipalidad a los fines de poder realizar la actividad, presentando la constancia de habilitación comercial Municipal.-
La inscripción se organizará según terminación DNI titular del comercio de la siguiente forma: horarios de 8.00 a 12.00 hs en los dÃas 16/04 al 23/04, siendo lunes, miércoles y viernes documento terminado en números pares; martes y jueves terminaciones documentos impares.-
2 – Los pedidos podrán ser entregados por medio de Delivery Autorizado.
*Aclaración: Cada comercio deberá designar a un delivery responsable por empresa. El mismo se acreditará en la Dirección de Seguridad Vial y Ciudadana o a través de www.hernando.gob.ar en la sección CORONAVIRUS , donde se le entregará la habilitación correspondiente mediante un registro e identificación, cumpliendo con las reglamentaciones establecidas para delivery.
3 – El horario en el cual el comerciante puede permanecer y desarrollar toda la actividad (preparación, facturación y reparto mercaderÃa) será EXCLUSIVAMENTE de 13.00 a 16.00 hs de lunes a viernes, SIN EXCEPCIÓN.
4 – El comercio NO puede bajo ningún concepto abrir sus puertas, para la atención al público, quien viole estas medidas se expone a CLAUSURA DEL LOCAL, y multa con las implicancias Penales correspondientes, por violación a la cuarentena declarada por DNU 490 APN-JGM.-
5 – Se prohÃbe la permanencia en los locales comerciales fuera del horario estipulado.-
6 – Se regula en un máximo de dos personas en cada local de comercio no exceptuado (incluido el delivery designado).-
7 – Se deben cumplir todas las medidas de Higiene y Seguridad Sanitarias implementadas por CORVID -19.-
8- Transcripción anexo Decreto 490APN-JGM :â€Prohibido su apertura: shopping, restaurantes y bares con atención al público , boliches, fiestas familiares, peluquerÃas, empleados domesticos, escuelas.-
Las personas alcanzadas por esta decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid -19â€
LAS PRESENTES MEDIDAS SON CONSENSUADAS POR EL CCIA de HDO y la MUNICIPALIDAD DE HDO .-
SE ACLARA QUE TODAS LAS MEDIDAS QUE SE ACORDARON, SON TEMPORALES Y VARIABLES SEGÚN LA EVOLUCIÓN Y NECESIDAD DE LA SITUACIÓN QUE ESTAMOS ATRAVESANDO.