A través de este beneficio se ofrece un descuento de hasta un 70% en los recargos. El régimen incluye las obligaciones vencidas al 30 de junio. La medida entra en vigencia desde hoy.
La Dirección General de Rentas de la provincia de Córdoba informa que a partir de hoy miércoles 19 de agosto entra en vigencia el nuevo Régimen Excepcional de Regularización de deudas, que hará factible el cumplimiento de las obligaciones tributarias por las cuales se les hayan iniciado el juicio ejecutivo o que se encuentren en el proceso de ejecución fiscal administrativa con control judicial.
Asimismo se podrán regularizar deudas provenientes de procesos de verificación y/o fiscalización en cualquier instancia de cobro, multas de agentes y responsables sustitutos y las multas de la PolicÃa Caminera.
El régimen comprende obligaciones vencidas al 30 de junio de 2015 correspondiente a: …(Leer más)
- Deuda Judicial del Impuesto Inmobiliario, Impuesto a la Propiedad Automotor, Impuesto a la Propiedad Automotor, Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos.
- Deudas en proceso de Fiscalización – Determinación de Oficio en todas las instancias de cobro.
- Multas de PolicÃa Caminera: comprende multas firmes al 31 de mayo de 2015 y en instancias Administrativa, Prejudicial y/o Judicial y multas no firmes.
- Cuota 51 Impuesto Inmobiliario: hasta el 31 de octubre de 2015 podrá cancelar la Cuota 51/2014, considerándose este pago en término en forma excepcional.
En el caso de Ingresos Brutos, es requisito tener presentadas TODAS las DDJJ vencidas hasta la solicitud de los beneficios.
Las deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2014 pueden acceder a diferentes descuentos en intereses y punitorios, que van desde el 70% (para el caso del pago de contado y hasta en 3 cuotas), y entre 50% y hasta el 10% de reducción para el pago en cuotas según su cantidad (entre 4 y 24 cuotas).
También se puede optar por pagar hasta en 36 cuotas; en este caso no hay quita de recargos e intereses por mora. Si la deuda a regularizar venció este año, el descuento en los recargos llega hasta el 50% si se abona de contado, o hasta en 3 cuotas. Si se opta por el pago de 4 a 6 cuotas, no hay quita de recargos e intereses por mora.
En el caso de deuda por multas de la PolicÃa Caminera, cuando son firmes se condona un 50% su monto y se reduce sus intereses desde un 50% a un 10% según la cantidad de cuotas que abona, siendo el máximo de cuotas 12. En el caso de multas no firmes se reduce un treinta por ciento su monto si se abona al contado.
Se podrá acceder al mencionado régimen hasta el 30 de setiembre de 2015.
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