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DECRETO Nº 179/19

VISTO: La Ordenanza Nº 16/19 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 15 de mayo de 2019;

Y CONSIDERANDO:

Que se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar el Régimen Municipal de Facilidad de Pago, con carácter de general, excepcional y temporario;

Que según el Art. Nº 15 de la Ordenanza nº 16/19 se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar el Régimen Municipal de Facilidades de Pago desde su vencimiento;

Que los vecinos de la ciudad de Hernando solicitan tener la posibilidad de contar con plazo mayor para facilitar el cumplimiento del pago de la deuda vencida;

Que al prorrogar el Régimen Municipal de Facilidades de Pago es necesario extender el plazo de consolidación de deuda, facultado el Departamento Ejecutivo Municipal en un todo de acuerdo con el Artículo Nº 12º) de la Ordenanza mencionada ut-supra;

ATENTO A ELLO:

EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE HERNANDO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º) PRORRÓGUESE el plazo para realizar Régimen Municipal de Facilidades de Pago, hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, de acuerdo a la Ordenanza Nº 16/19.

ARTÍCULO 2º) EXTIÉNDASE la fecha de consolidación de deuda al 31 de julio de 2019, confirmada mediante la emisión de certificados de deuda, generados por el Área de Rentas del Municipio.

ARTÍCULO 2º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

Cr. Gustavo Oscar Larovere

Secretario de Hacienda

Cr. Carlos Alberto Andrés

Secretario de Gobierno

Lic. Gustavo Armando Bottasso

Intendente Municipal